Información para la Inmigración por Familia
¿Es usted?:
I. Ciudadanos de los Estados Unidos De acuerdo con el Código de Inmigración, si usted
es ciudadano de los Estados Unidos (EE.UU) y desea
traer a sus: usted puede solicitar una visa de inmigrante a beneficio de
dichos familiares inmediatamente. Su solicitud no
quedará sujeta al límite anual fijado por ley de número de visas que
se expedirán para emigrar a los EE.UU., ni a las listas de espera de
visas existentes para cada país. Si es Ciudadano y su pareja, padres o niños
ya estan en los EE.UU., presione
aqui. La Visa K-3 Sin embargo, el que dicha visa esté disponible "inmediatamente",
no quiere decir que la misma se va a recibir al momento de
solicitarla. Lamentablemente, el Servicio de Inmigración y
Ciudadanía (USCIS por sus siglas en inglés), se toma cerca de un año
en procesar las solicitudes a esos efectos a lo que hay que sumarle
el periodo de tiempo que toma el Departamento de Estado (los
Consulados) en citar a la persona para para procesar la expedición
de la visa. No obstante, esto no quiere decir que los ciudadanos
estadounidenses quedan desprovistos de remedio alguno para acelerar
el proceso de reunificación con sus esposos o esposas extranjeros(as). El LIFE Act (o ley de Equidad para la Inmigración Legal de
Familiares) del año 2000 creó lo que se conoce hoy día como la Visa
K-3. Una vez un ciudadano de los Estados Unidos solicita una visa de
inmigrante para a su esposo o esposa a la USCIS, este puede
solicitar una visa K-3. La misma se procesa mas rápido (actualmente
el proceso entre la radicación de la solicitud para la visa y la
expedición de la misma toma un poco mas de 6 meses), y le permite al
extranjero que es esposo o esposa y sus hijos, hijas, hijastros e
hijastras a venir a los Estados Unidos mas rápido en lo que se
adjudica su visa de inmigrante. Las visas K-3 no pueden expedirse si se aprueba primero la
solicitud de visa de inmigrante y dicha aprobación llega a la
Embajada o Consulado de los Estados Unidos del lugar donde resida su
pariente. Una vez estas personas vienen a los Estados Unidos con una visa
K-3, y se aprueba la visa de inmigrante, estos tienen que solicitar
para ajustar estatus a Residente Permanente de los Estados Unidos.
Para mas información, vea aqui. Otros familiares que un ciudadano de los Estados Unidos
puede solicitar Si usted desea traer a: usted puede solicitar una visa a beneficio de
dichos familiares, pero la misma quedará sujeta a los
límites anuales de expedición de visas para emigrar a los
EE.UU. El Proceso Consular El procedimiento para solicitar visas de inmigrante para los
parientes descritos anteriormente consiste en tres etapas. La
primera etapa la realiza el ciudadano, al someter los formularios
para solicitar dicha visa para un pariente. La segunda le
corresponde a la USCIS (Servicio de Inmigración): examinar y
determinar si se aprueba dicha solicitud. Si la aprueba, se pasa a
la tercera etapa: el proceso consular. El Proceso Consular comienza cuando la USCIS le notifica al
Centro Nacional de Visas (CNV) que la petición de visa de inmigrante
fue aprobada. Una vez haya una visa disponible para el inmigrante (cosa
que depende de si este es pariente inmediato de un ciudadano de los
Estados Unidos o residente permanente, o si no lo es), el CNV le
envía la información de la petición aprobada al consulado
norteamericano del lugar donde reside el futuro inmigrante. El consulado y/o el CNV se pondrá en
contacto con el inmigrante y/o el solicitante y le enviará un
paquete con una serie de documentos que este debe completar previo a
la cita consular. Además, se remitirán facturas
por aproximadamente las cantidades de $355 y $70 para procesar la
solicitud de visa de inmigrante. Entre estos documentos se
encuentran: Una vez se hagan los pagos de procesamiento y se remitan los
documentos a las autoridades correspondientes, el consulado le dará
una cita al inmigrante y le indicará que lleve cierta documentación
y evidencia a la misma. En la cita, un oficial consular entrevistará
al inmigrante, y al final de la misma, si no surgen razones para
negar la expedición de una visa, se le prepará la misma al
inmigrante, y se le pegará al pasaporte. Una vez el inmigrante
reciba su visa, este tendrá 6 meses para venir a los Estados Unidos.
Ya admitido al país, este recibirá su tarjeta de residente al poco
tiempo de su entrada. II. Residentes Legales Permanentes Si usted es un Residente Legal Permanente (ha
recibido su "Green Card"), usted puede solicitar a las siguientes
personas: Dichas solicitudes, sin embargo,
quedarán sujetas a los límites anuales de expedición de visas
para emigrar a los EE.UU.
III. Visas de novios ("Fiancee Visa" o
Visa "K")
Si usted es un ciudadano de los Estados
Unidos, puede solicitar una visa para su novio o novia
siempre y cuando: Puede dispensarse del requisito de conocer en
persona al novio o novia por una de dos razones: Por lo general, si usted es esposo,
esposa, niño
o padre de un ciudadano de los Estados Unidos, y el
inmigrante
está presente en los Estados Unidos luego de haber sido admitido o "paroled" al pais, puede solicitarle al Servicio
de Inimigración que le ajuste su estatus a Residente Legal
Permanente y recibir una "Tarjeta Verde". Como excepción, si usted entró al país indocumentado, o se quedó
por mas tiempo del que le autorizó el Servicio de Inmigración, todo
esto antes del 21 de diciembre de 2000, y tenía una petición de
empleo o una visa familiar presentada antes del 30 de abril de 2001,
usted puede solicitar ajuste de estatus bajo la sección 245(i) del
Código de Inmigración. Para ello, tiene que presentar la solicitud
correspondiente, junto con una multa de mil dólares ($1000.00). Para
mas información, presione
aquí. Si usted es
nacional cubano y fue admitido,
inspeccionado o "paroled" (se le concedió libertad bajo palabra) a
los Estados Unidos, puede solicitar un ajuste de estatus al pasar un
año y un día desde su entrada a los EE.UU. Ojo con casarse "por los papeles". Si se va a solicitar un ajuste de estatus
por matrimonio a un ciudadano estadounidense, es esencial que dicho
matrimonio sea uno real, y no fraudulento. El fraude
matrimonial, o sea, casarse "para recibir papeles" puede conllevar a
una deportación y a penalidades civiles y criminales, tanto para el
extranjero, como para el ciudadano.
¿Que información debe
proveer? Como parte de todo proceso para
solicitar un beneficio migratorio, el Departamento de Seguridad
Nacional (Homeland Security) requiere que todo
solicitante y
beneficiario del mismo provea la siguiente información
dentro de las solicitudes radicadas: Es esencial que previo a hacernos cualquier consulta relacionada
con
visados y residencias recopile esta información y la tenga accesible,
pues la misma es necesaria para llenar los formularios pertinentes
al beneficio que desee obtener. De esta manera lograremos trabajar
su petición con mayor rapidez y exactitud. Documentación Importante para toda
solicitud Para complementar toda
solicitud familiar, se requiere que los solicitantes
y sus beneficiarios, según aplique, presenten
los siguentes documentos:
Ciudadano de
los Estados Unidos
La Visa K-3
El Proceso Consular
Residente Legal Permanente
Ciudadano con interés en solicitar a su
novio(a) extranjero(a)
Extranjero ya presente en los EE.UU. y quiere
ajustar su estatus
Extranjero ya presente en los EE.UU. y quiere
ajustar su estatus con multa de $1000
Nacional Cubano presente en los EE.UU.
¿Cómo comenzar el proceso?
¿Qué hacer para solicitar
visas y residencias familiares?
¿Qué información se requiere para completar el proceso?
Documentos necesarios para completar su solicitud.
Si
usted entiende que cualifica para cualquier beneficio migratorio
basado en lazos familiares, llámenos hoy.
Nosotros podemos ayudarle con todos los trámites correspondientes,
de principio a fin.