Prácticas de Empleo, las I-9 y su relación con la Inmigración (Worksite Enforcement)
De acuerdo con la sección §274 del Código de Inmigración y Ciudadanía, es ilegal el contratar, reclutar o referir a cambio de dinero a una persona que no esté autorizada a trabajar en los Estados Unidos. 8 USC §1324a(a)(1).
Las leyes de inmigración de los Estados Unidos imponen la obligación a todo patrono de verificar si sus empleados están autorizados a trabajar en los Estados Unidos. Esto se logra al llenar el formulario I-9 y por el examen de una serie de documentos de identidad que se exigen para completar dicho formulario. Además, los patronos tienen la obligación de retener dichos formularios durante el periodo de empleo del empleado y actualizarlos según sea necesario. Esto se tiene que hacer para todos los empleados, inclusive aquellos que se sabe que son ciudadanos de los Estados Unidos. De lo contrario, el patrono podría incurrir en discrimen laboral por nacionalidad.
Es importante que todo patrono cumpla a cabalidad con estas obligaciones ya que el diferentes agencias del gobierno federal, entre ellas la Immigration and Customs Enforcement (ICE), Department of Labor (DOL) y la Office of Special Counsel del Department of Justice tienen la autoridad para auditar a cualquier patrono en los Estados Unidos. Si por medio de una auditoría y una investigación se determina que un patrono (1) no ha cumplido con sus requisitos de completar correctamente y mantener las I-9 de sus empleados, o (2) recluta y tiene en su fuerza laboral a personas que no están autorizadas a trabajar en los Estados Unidos, el patrono puede ser multado civilmente.
Las multas por no cumplir con los requisitos de llenar y retener las I-9 rondan entre $110.00 a $1,100 por cada I-9. Por otro lado, las multas por emplear a extranjeros que no tienen autorización para trabajar en los Estados Unidos rondan entre los $375.00 a $16,000.00 por persona, dependiendo si es una primera falta, o el patrono es reincidente. 73 Fed. Reg. 10130-37 (26 de febrero de 2008).
El Gobierno avisa a los patronos de su intención de auditar con 3 días de anticipación. ¿Estará su firma o compañía lista para esto? Podemos ayudarle a verificar si sus records de I-9 o sus políticas internas para verificación de empleo cumplen con la Ley. ¡Llámenos hoy!